Certificados de ahorro energético
¿Puede una comunidad de propietarios cobrar CAE?
Respuesta corta: Sí. Cambiar la calefacción central por bomba de calor, aislar el edificio o cambiar las ventanas puede generar CAE. El presidente debe firmar con certificado digital y lo cobrado se reparte en el IRPF de cada vecino según su cuota.
Qué puede generar CAE en un edificio
- Sustituir la caldera central por una bomba de calor (ficha RES060), o por bombas de calor individuales en cada vivienda con las condiciones de los criterios de verificación: un informe que explique por qué no cabe una central, la sustitución en todas las viviendas, sin superar la potencia de las calderas y sin locales comerciales conectados.
- Sistemas híbridos de caldera y bomba de calor (RES090 a RES099) o la conexión a una red de calor (RES210).
- Aislamiento de fachada y cubierta (RES010, RES011, RES020, RES021), buhardillas (RES022), ventanas (RES070, RES071), solar térmica (RES030) y rehabilitación profunda (RES080).
Firma: el presidente debe firmar el convenio con certificado digital; si no, no es válido. También puede firmar el administrador de fincas con mandato expreso de la junta.
Mayoría: para instalar aerotermia basta un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas (art. 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, reformado por el Real Decreto-ley 7/2026).
Impuestos: la comunidad no tributa en el IRPF; la ganancia se atribuye a cada vecino según su coeficiente de participación (DGT, V0026-26 y V2137-25). Si la comunidad no tiene actividad económica, la cesión no lleva IVA ni obliga a emitir factura (V5425-26).
Multiplicador: el MITECO ha propuesto multiplicar por 3 el ahorro de los bloques con calefacción central y por 4 el de los que cambien calderas individuales por una bomba de calor centralizada. Es una propuesta del MITECO, sin aprobar a fecha de hoy.
Las obras del edificio pueden desgravar además el 60 % en el IRPF de cada propietario hasta el 31/12/2027, y el CAE no reduce esa deducción.
Resumen de criterios oficiales a 16 de octubre de 2026; no es asesoramiento fiscal. Consulta tu caso con un asesor.
Más información
- Guía de los certificados de ahorro energético
- Aerotermia en un edificio con calefacción central
- Deducción del 60 % en edificios
Fuentes: MITECO: preguntas frecuentes del sistema CAE · MITECO: criterios de verificación de las fichas, v13.0 · Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.1 (BOE) · DGT, consulta V0026-26 (comunidades de propietarios) · DGT, consulta V2137-25 (deducción del IRPF y comunidades) · DGT, consulta V5425-26 (IVA de la comunidad) · MITECO: audiencia pública de los coeficientes para bomba de calor (borrador)
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Respondido por el equipo técnico de AX8 Solar. Revisado el 16 de octubre de 2026.