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AX8 Solar

Subvenciones y bonificaciones en San Agustín del Guadalix

Subvenciones para placas solares en San Agustín del Guadalix (2026): bonificación del IBI y del ICIO

Sí: el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix rebaja un 30 % del IBI y un 50 % del ICIO de la obra a quien instala placas solares, siempre que se cumplan los requisitos (ordenanza fiscal de 2026). Además, puedes deducir hasta el 40 % de la instalación en el IRPF (el 60 % si es del edificio).

Revisado por AX8 el 17 de octubre de 2026 en la ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix.

Bonificación del IBI
30 %
la ordenanza no fija años
Bonificación del ICIO
50 %
del impuesto de la licencia
Deducción en el IRPF
40 % · 60 %
vivienda · edificio
Producción solar en San Agustín del Guadalix
1.609
kWh por kWp al año (PVGIS)

Bonificación del IBI por placas solares en San Agustín del Guadalix

La ley permite a cada ayuntamiento rebajar el IBI a los inmuebles con energía solar (hasta el 50 %), pero cada ordenanza decide cuánto, durante cuántos años y con qué requisitos. En San Agustín del Guadalix es así:

  • Porcentaje: 30 % del impuesto
  • Duración: la ordenanza no fija un número de años

Requisitos que fija la ordenanza

  • 30 % de la cuota íntegra para inmuebles destinados a vivienda en los que se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre que representen al menos el 70 % del suministro total de energía
  • Sin límite de años (la ordenanza no fija duración)
  • Colectores homologados en las instalaciones de producción de calor
«Se aplicará una bonificación del 30 % en la cuota íntegra del impuesto, correspondiente a bienes inmuebles destinados a viviendas en los que se haya instalado sistemas»
Texto literal de la ordenanza.

Fuente: Ordenanza fiscal 2026. Revisada por AX8 el 17 de octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales cambian cada año (suelen entrar en vigor el 1 de enero): confirma las condiciones en el ayuntamiento antes de instalar.

Cuánto te ahorras en el IBI en San Agustín del Guadalix

El ahorro depende de tu recibo: cuanto más IBI pagas, más te ahorras. Escribe el importe de tu último recibo:

Ejemplo ilustrativo (con números redondos; no es el recibo medio de San Agustín del Guadalix): con un recibo del IBI de 400 € al año, una bonificación del 30 % supone 120 € menos cada año.

Calculadora del IBI en San Agustín del Guadalix

Porcentaje y años prellenados con lo que fija la ordenanza de San Agustín del Guadalix. Si por tu caso te corresponde otro tramo (revisa los requisitos), cámbialos.

Ahorro el primer año

–

Ahorro total

–

Escribe el importe de tu recibo para ver el cálculo.

Estimación orientativa con la ordenanza revisada. La concede el ayuntamiento si cumples sus requisitos.

Cómo solicitar la bonificación del IBI en San Agustín del Guadalix

Pedir la bonificación es un trámite sencillo si se hace en orden y dentro de plazo. Estos son los pasos habituales:

  1. Antes de instalar, tramita la licencia de obra, la declaración responsable o la comunicación previa en el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix; normalmente es cuando se paga el ICIO y se pide su bonificación. Muchas ordenanzas exigen este permiso para conceder después la del IBI.
  2. Instala y legaliza: el instalador emite el certificado de instalación eléctrica (boletín) y la instalación se inscribe en el registro de autoconsumo de la Comunidad de Madrid.
  3. Pídela: normalmente no se aplica de oficio. Se solicita en el ayuntamiento (registro o sede electrónica) o en el organismo de gestión tributaria, si el ayuntamiento le tiene delegada la gestión del IBI.
  4. Documentación habitual: referencia catastral del inmueble, boletín o certificado de la instalación, factura y licencia o comunicación previa. La ordenanza puede pedir más, como un certificado técnico.
  5. Plazo: el que fije la ordenanza. Muchas obligan a pedirla antes de una fecha para que se aplique ese año o el siguiente, y no tienen efecto retroactivo.

Lo que dice la ordenanza de San Agustín del Guadalix sobre la solicitud

  • Se concede a petición del interesado, con escrito de solicitud que identifique el inmueble, licencia de obra, proyecto técnico específico y autorización de puesta en servicio de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid

En AX8 preparamos la documentación técnica (boletín eléctrico y certificados energéticos) y te acompañamos en la solicitud.

Bonificación del ICIO al pedir la licencia en San Agustín del Guadalix

El ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) se paga al ayuntamiento al pedir la licencia de obra o presentar la declaración responsable o la comunicación previa. Su tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede superar el 4 % del coste de ejecución de la obra (art. 102.3 de la Ley de Haciendas Locales).

En San Agustín del Guadalix, la ordenanza bonifica un 50 % del ICIO a las obras que incorporan placas solares: pagas el 50 % del impuesto que te correspondería.

Condiciones de la bonificación del ICIO

  • Para obras, construcciones e instalaciones con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar
  • Colectores homologados en las instalaciones de producción de calor
  • La solicitud se presenta al pedir la licencia municipal o presentar la declaración responsable y, en todo caso, antes del inicio de las obras, con la documentación acreditativa e indicando qué parte de la obra incorpora la instalación solar, que es la única a la que se aplica
  • Bonificación de carácter indefinido
  • Se aplica a la cuota que resulte de aplicar antes, en su caso, la bonificación por especial interés o utilidad municipal

Fuente: texto oficial del ICIO.

Información revisada el con fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria y organismos autonómicos). Las ayudas cambian con frecuencia y muchas se conceden por orden de llegada: confirma siempre las condiciones en el enlace oficial antes de decidir. No es asesoramiento fiscal.

Deducción en el IRPF por instalar placas solares en San Agustín del Guadalix

Además de lo que bonifique el ayuntamiento, la instalación desgrava en el IRPF estatal (disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF), igual en San Agustín del Guadalix que en el resto de territorio común:

  • 40 % en tu vivienda: base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 € de deducción. Obras hasta el 31/12/2026.
  • 60 % si la instalación es del edificio de viviendas (comunidad de propietarios): base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Obras hasta el 31/12/2027.
  • Requisito: dos certificados de eficiencia energética registrados, antes y después de la obra, que acrediten una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o la calificación A o B. En AX8 incluimos los dos certificados en el 100 % de las instalaciones.

Ejemplo con el precio de AX8

Instalación de entrada de 6.490 € en una vivienda de San Agustín del Guadalix → deducción del 40 % = 2.596 € en la renta. Coste neto: 3.894 €, antes de contar la bonificación del IBI, la del ICIO y el ahorro en la luz.

Alternativa sin certificados: la deducción del 10 % (20 % en edificios) por autoconsumo, con base máxima de 5.000 € al año, solo para instalaciones pagadas y terminadas en 2026; no se puede combinar con la anterior para la misma instalación. En los dos casos el pago debe ser bancario (nunca en efectivo) y se restan las subvenciones recibidas.

Requisitos, plazos y simulador en la guía de deducciones fiscales por placas solares.

Subvenciones de la Comunidad de Madrid para placas solares

Las subvenciones directas las convoca la comunidad autónoma, así que en San Agustín del Guadalix rigen las mismas que en el resto de la Comunidad de Madrid. Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en la Comunidad de Madrid para placas solares en viviendas de San Agustín del Guadalix.

En la Comunidad de Madrid no hay convocatorias autonómicas abiertas en 2026: todos los programas de Fenercom y de la Comunidad para autoconsumo, renovables térmicas y eficiencia tienen el plazo de solicitud finalizado. Novedades en el portal oficial de energía.

Detalle de cada programa en ayudas para placas solares en la Comunidad de Madrid. Las ayudas estatales del programa Next Generation (RD 477/2021) no admiten solicitudes desde el 31/12/2023.

Resumen: lo que puedes ahorrar en San Agustín del Guadalix

AyudaCuántoCómo se calcula
Deducción del IRPF2.596 €40 % de la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), con certificados energéticos antes y después. Máximo de 3.000 € al año.
Bonificación del IBI30 %Con un recibo de 400 €: 120 € el primer año. En tu caso: tu recibo × el porcentaje, cada año que dure.
Bonificación del ICIO50 %Sobre el impuesto de la licencia, que como máximo es el 4 % del coste de la obra.
Ahorro en la luz~410 € al añoVivienda de 4.500 kWh al año con 5 placas de 450 W (2,25 kWp) y la producción de San Agustín del Guadalix: 1.609 kWh por kWp.

Supuestos: energía a 0,18 €/kWh, excedentes compensados a 0,06 €/kWh y 45 % de autoconsumo directo, sin batería. Producción: PVGIS © Unión Europea (JRC). El recibo del IBI de 400 € es un ejemplo con números redondos, no el recibo medio de San Agustín del Guadalix.

Preguntas frecuentes sobre ayudas para placas solares en San Agustín del Guadalix

¿Cuánto bonifica el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix el IBI por placas solares?

Según la ordenanza fiscal de 2026, el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix bonifica un 30 % del IBI por instalar placas solares, si se cumplen sus requisitos. Con un recibo de 400 € al año, ahorrarías 120 € el primer año.

¿Cómo se solicita la bonificación del IBI por placas solares en San Agustín del Guadalix?

Normalmente no se aplica de oficio: hay que pedirla en el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix (o en el organismo que gestione su IBI) una vez legalizada la instalación, con documentos como la referencia catastral, el boletín o certificado de la instalación, la factura y la licencia o comunicación previa. Según su ordenanza: se concede a petición del interesado, con escrito de solicitud que identifique el inmueble, licencia de obra, proyecto técnico específico y autorización de puesta en servicio de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid.

¿Hay subvenciones para placas solares en San Agustín del Guadalix en 2026?

Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en la Comunidad de Madrid para placas solares en viviendas de San Agustín del Guadalix. Las ayudas estatales Next Generation (RD 477/2021) están cerradas desde el 31/12/2023. Sí puedes aplicar la deducción del IRPF de hasta el 40 % (60 % en edificios) y las bonificaciones municipales del IBI (30 %) y del ICIO (50 %).

¿Cuánto se desgrava por instalar placas solares en San Agustín del Guadalix?

Hasta el 40 % en tu vivienda (base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 €) o el 60 % si la instalación es del edificio, con certificados energéticos antes y después. Con la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), la deducción sería de 2.596 €.

¿Qué es el ICIO y cuánto se bonifica en San Agustín del Guadalix?

Es el impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras: se paga al pedir la licencia o presentar la declaración responsable, y su tipo no puede superar el 4 % del coste de la obra. En San Agustín del Guadalix la ordenanza bonifica un 50 % del ICIO a las instalaciones solares, así que pagas el 50 % del impuesto que te correspondería.

¿Son compatibles las bonificaciones municipales y la deducción del IRPF?

Sí. El IBI y el ICIO son impuestos municipales y la deducción es del IRPF, así que se pueden aprovechar por la misma instalación. Lo que reduce la deducción del IRPF son las subvenciones: de la base se restan las concedidas para esa obra.

Te ayudamos con las ayudas para placas solares en San Agustín del Guadalix

En el estudio gratuito revisamos la ordenanza de tu ayuntamiento, la deducción que te corresponde y las convocatorias abiertas.

  • Instalaciones desde 1,67 € al día o en 24 meses sin intereses*
  • Estudio de consumo y de tejado gratuito
  • Propuesta personalizada, sin compromiso
  • App para seguir tu instalación en tiempo real

*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:

  • A 25 años300 cuotas de 50,89 €/mes (1,67 €/día). TIN 8,19 %, TAE 8,50 %. Importe total adeudado: 15.267,30 €.
  • A 10 años120 cuotas de 76,05 €/mes (2,50 €/día). TIN 7,21 %, TAE 7,45 %. Importe total adeudado: 9.125,84 €.
  • En 24 meses sin intereses24 cuotas de 270,42 €/mes (la última, de 270,34 €). TIN 0 %, TAE 0 %. Importe total adeudado: 6.490,00 €.

Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.

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