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AX8 Solar

Ayuntamiento de Aitona · Lleida

¿Hay bonificación del IBI por placas solares en Aitona? (2026)

No. Según la ordenanza fiscal de 2026, el Ayuntamiento de Aitona no bonifica el IBI por instalar placas solares, pero sí un 50 % del ICIO, el impuesto que se paga con la licencia de obra. Además, puedes deducir hasta el 40 % de la instalación en el IRPF (el 60 % si es del edificio).

Revisado por AX8 el 21 de octubre de 2026 en la ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Aitona.

Bonificación del IBI
No bonifica
sin bonificación solar
Bonificación del ICIO
50 %
del impuesto de la licencia
Deducción en el IRPF
40 % · 60 %
vivienda · edificio
Producción solar en Aitona
1.586
kWh por kWp al año (PVGIS)

Bonificación del IBI por placas solares en Aitona

En Aitona no hay bonificación del IBI por placas solares: la ordenanza fiscal de 2026 no la recoge, aunque la ley la permite (hasta el 50 %, art. 74.5 de la Ley de Haciendas Locales). Eso sí, el ayuntamiento bonifica el ICIO de la obra, como verás más abajo.

Qué dice la ordenanza

  • No hay bonificación solar en el IBI: la ordenanza solo fija el tipo de gravamen y remite al modelo de la Diputación de Lleida, que solo prevé las bonificaciones de promotoras, viviendas de protección oficial y cooperativas agrarias

Fuente: Ordenanza fiscal 2026. Revisada por AX8 el 21 de octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales cambian cada año (suelen entrar en vigor el 1 de enero): confirma las condiciones en el ayuntamiento antes de instalar.

Bonificación del ICIO al pedir la licencia en Aitona

El ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) se paga al ayuntamiento al pedir la licencia de obra o presentar la declaración responsable o la comunicación previa. Su tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede superar el 4 % del coste de ejecución de la obra (art. 102.3 de la Ley de Haciendas Locales).

En Aitona, la ordenanza bonifica un 50 % del ICIO a las obras que incorporan placas solares: pagas el 50 % del impuesto que te correspondería.

Condiciones de la bonificación del ICIO

  • 50 % de la cuota para construcciones, instalaciones u obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar
  • No acumulable con las demás bonificaciones del artículo
  • Solo se concede previa solicitud del sujeto pasivo
«S’estableix una bonificació del 50 per cent a favor de les construccions, instal·lacions o obres que incorporin sistemes per a l’aprofitament tèrmic o elèctric de l’energia solar.»
Texto literal de la ordenanza (en catalán).

Fuente: Ordenanza fiscal 2026 (el mismo documento que la del IBI).

Información revisada el con fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria y organismos autonómicos). Las ayudas cambian con frecuencia y muchas se conceden por orden de llegada: confirma siempre las condiciones en el enlace oficial antes de decidir. No es asesoramiento fiscal.

Deducción en el IRPF por instalar placas solares en Aitona

Además de lo que bonifique el ayuntamiento, la instalación desgrava en el IRPF estatal (disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF), igual en Aitona que en el resto de territorio común:

  • 40 % en tu vivienda: base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 € de deducción. Obras hasta el 31/12/2026.
  • 60 % si la instalación es del edificio de viviendas (comunidad de propietarios): base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Obras hasta el 31/12/2027.
  • Requisito: dos certificados de eficiencia energética registrados, antes y después de la obra, que acrediten una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o la calificación A o B. En AX8 incluimos los dos certificados en el 100 % de las instalaciones.

Ejemplo con el precio de AX8

Instalación de entrada de 6.490 € en una vivienda de Aitona → deducción del 40 % = 2.596 € en la renta. Coste neto: 3.894 €, antes de contar la bonificación del ICIO y el ahorro en la luz.

Alternativa sin certificados: la deducción del 10 % (20 % en edificios) por autoconsumo, con base máxima de 5.000 € al año, solo para instalaciones pagadas y terminadas en 2026; no se puede combinar con la anterior para la misma instalación. En los dos casos el pago debe ser bancario (nunca en efectivo) y se restan las subvenciones recibidas.

Requisitos, plazos y simulador en la guía de deducciones fiscales por placas solares.

Subvenciones de Cataluña para placas solares

Las subvenciones directas las convoca la comunidad autónoma, así que en Aitona rigen las mismas que en el resto de Cataluña. Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en Cataluña para placas solares en viviendas de Aitona.

En Cataluña no hay ninguna convocatoria abierta para autoconsumo, baterías o aerotermia en viviendas. El ICAEN anunció en marzo de 2026 dos líneas de eficiencia energética para la industria y los edificios terciarios que, a 11 de octubre de 2026, no se han convocado. Novedades en el portal oficial de energía.

Detalle de cada programa en ayudas para placas solares en Cataluña y en ayudas en la provincia de Lleida. Las ayudas estatales del programa Next Generation (RD 477/2021) no admiten solicitudes desde el 31/12/2023.

Resumen: lo que puedes ahorrar en Aitona

AyudaCuántoCómo se calcula
Deducción del IRPF2.596 €40 % de la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), con certificados energéticos antes y después. Máximo de 3.000 € al año.
Bonificación del IBINo bonificaLa ordenanza fiscal de 2026 no recoge bonificación solar.
Bonificación del ICIO50 %Sobre el impuesto de la licencia, que como máximo es el 4 % del coste de la obra.
Ahorro en la luz~410 € al añoVivienda de 4.500 kWh al año con 5 placas de 450 W (2,25 kWp) y la producción de Aitona: 1.586 kWh por kWp.

Supuestos: energía a 0,18 €/kWh, excedentes compensados a 0,06 €/kWh y 45 % de autoconsumo directo, sin batería. Producción: PVGIS © Unión Europea (JRC).

Preguntas frecuentes sobre ayudas para placas solares en Aitona

¿Cuánto se ahorra en el IBI con placas solares en Aitona?

Ninguna: la ordenanza fiscal de 2026 del IBI de Aitona no recoge bonificación por instalar placas solares. Sí bonifica un 50 % del ICIO de la obra.

¿Cómo se pide la bonificación del ICIO en Aitona?

Al tramitar el permiso de obra (licencia, declaración responsable o comunicación previa), que es cuando se paga el ICIO. Según la ordenanza de Aitona: solo se concede previa solicitud del sujeto pasivo.

¿Hay subvenciones para placas solares en Aitona en 2026?

Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en Cataluña para placas solares en viviendas de Aitona. Las ayudas estatales Next Generation (RD 477/2021) están cerradas desde el 31/12/2023. Sí puedes aplicar la deducción del IRPF de hasta el 40 % (60 % en edificios) y las bonificaciones municipales del ICIO (50 %).

¿Cuánto se desgrava por instalar placas solares en Aitona?

Hasta el 40 % en tu vivienda (base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 €) o el 60 % si la instalación es del edificio, con certificados energéticos antes y después. Con la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), la deducción sería de 2.596 €.

¿Qué es el ICIO y cuánto se bonifica en Aitona?

Es el impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras: se paga al pedir la licencia o presentar la declaración responsable, y su tipo no puede superar el 4 % del coste de la obra. En Aitona la ordenanza bonifica un 50 % del ICIO a las instalaciones solares, así que pagas el 50 % del impuesto que te correspondería.

¿Son compatibles las bonificaciones municipales y la deducción del IRPF?

Sí. El IBI y el ICIO son impuestos municipales y la deducción es del IRPF, así que se pueden aprovechar por la misma instalación. Lo que reduce la deducción del IRPF son las subvenciones: de la base se restan las concedidas para esa obra. La ordenanza de Aitona regula además si su bonificación se puede sumar a otras bonificaciones o ayudas: lo tienes en las condiciones de arriba.

Te ayudamos con las ayudas para placas solares en Aitona

En el estudio gratuito revisamos la ordenanza de tu ayuntamiento, la deducción que te corresponde y las convocatorias abiertas.

  • Instalaciones desde 1,67 € al día o en 24 meses sin intereses*
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*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:

  • A 25 años300 cuotas de 50,89 €/mes (1,67 €/día). TIN 8,19 %, TAE 8,50 %. Importe total adeudado: 15.267,30 €.
  • A 10 años120 cuotas de 76,05 €/mes (2,50 €/día). TIN 7,21 %, TAE 7,45 %. Importe total adeudado: 9.125,84 €.
  • En 24 meses sin intereses24 cuotas de 270,42 €/mes (la última, de 270,34 €). TIN 0 %, TAE 0 %. Importe total adeudado: 6.490,00 €.

Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.

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