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AX8 Solar

Subvenciones y bonificaciones en Firgas

¿Hay bonificación del IBI por placas solares en Firgas? (2026)

No. En la ordenanza fiscal de 2026 que hemos revisado, el Ayuntamiento de Firgas no bonifica el IBI ni el ICIO por instalar placas solares. Lo que sí puedes aplicar es la deducción del IRPF: hasta el 40 % de la instalación (el 60 % si es del edificio).

Revisado por AX8 el 17 de octubre de 2026 en la ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Firgas.

Bonificación del IBI
No bonifica
sin bonificación solar
Bonificación del ICIO
No bonifica
sin bonificación solar
Deducción en el IRPF
40 % · 60 %
vivienda · edificio
Producción solar en Firgas
1.482
kWh por kWp al año (PVGIS)

Bonificación del IBI por placas solares en Firgas

La ordenanza fiscal del IBI de Firgas (2026) no incluye ninguna bonificación por instalar placas solares, y la del ICIO tampoco. La ley la permite (hasta el 50 % del IBI y el 95 % del ICIO), pero es voluntaria y no figura en el texto que hemos revisado.

Qué recoge la ordenanza del IBI

  • Sin bonificación por instalaciones solares: la ordenanza del IBI solo prevé bonificaciones del 50 % para empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, del 50 % durante tres períodos impositivos para viviendas de protección oficial y del 95 % para bienes rústicos de cooperativas agrarias
«gozarán de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva»
Texto literal de la ordenanza.

Fuente: Ordenanza fiscal 2026. Revisada por AX8 el 17 de octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales cambian cada año (suelen entrar en vigor el 1 de enero): confirma las condiciones en el ayuntamiento antes de instalar.

Bonificación del ICIO al pedir la licencia en Firgas

El ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) se paga al ayuntamiento al pedir la licencia de obra o presentar la declaración responsable o la comunicación previa. Su tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede superar el 4 % del coste de ejecución de la obra (art. 102.3 de la Ley de Haciendas Locales).

Tampoco hay bonificación del ICIO: la ordenanza de Firgas no recoge ninguna específica para placas solares, así que el impuesto se paga completo, con el tipo que fije el ayuntamiento.

  • Sin bonificación por energía solar: el artículo 8 solo prevé bonificaciones del 95 % (hasta el 95 %) para obras de especial interés o utilidad municipal, del 40 % para viviendas de protección oficial y del 90 % para obras que favorezcan el acceso y la habitabilidad de personas con discapacidad
  • El tipo de gravamen es del 4 %

Fuente: texto oficial del ICIO.

Información revisada el con fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria y organismos autonómicos). Las ayudas cambian con frecuencia y muchas se conceden por orden de llegada: confirma siempre las condiciones en el enlace oficial antes de decidir. No es asesoramiento fiscal.

Deducción en el IRPF por instalar placas solares en Firgas

Además de lo que bonifique el ayuntamiento, la instalación desgrava en el IRPF estatal (disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF), igual en Firgas que en el resto de territorio común:

  • 40 % en tu vivienda: base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 € de deducción. Obras hasta el 31/12/2026.
  • 60 % si la instalación es del edificio de viviendas (comunidad de propietarios): base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Obras hasta el 31/12/2027.
  • Requisito: dos certificados de eficiencia energética registrados, antes y después de la obra, que acrediten una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o la calificación A o B. En AX8 incluimos los dos certificados en el 100 % de las instalaciones.

Ejemplo con el precio de AX8

Instalación de entrada de 6.490 € en una vivienda de Firgas → deducción del 40 % = 2.596 € en la renta. Coste neto: 3.894 €, antes de contar el ahorro en la luz.

Alternativa sin certificados: la deducción del 10 % (20 % en edificios) por autoconsumo, con base máxima de 5.000 € al año, solo para instalaciones pagadas y terminadas en 2026; no se puede combinar con la anterior para la misma instalación. En los dos casos el pago debe ser bancario (nunca en efectivo) y se restan las subvenciones recibidas.

Deducción autonómica en Canarias

Existe una deducción autonómica en el IRPF del 12 % por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual, incluidos equipos que usen energías renovables (base máxima de 7.000 € al año y límite del 10 % de la cuota íntegra autonómica). Exige certificados energéticos antes y después de la obra. Fuente: Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria.

Requisitos, plazos y simulador en la guía de deducciones fiscales por placas solares.

Subvenciones de Canarias para placas solares

Las subvenciones directas las convoca la comunidad autónoma, así que en Firgas rigen las mismas que en el resto de Canarias. Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en Canarias para placas solares en viviendas de Firgas.

  • Subvenciones para la transición verde 2026 (FEDER Canarias 2021-2027): eficiencia energética, renovables y almacenamiento

    Cerrada

    Para: Particulares, comunidades de propietarios, comunidades energéticas, tercer sector y empresas.

    Fuente oficial

Detalle de cada programa en ayudas para placas solares en Canarias y en ayudas en la provincia de Las Palmas. Las ayudas estatales del programa Next Generation (RD 477/2021) no admiten solicitudes desde el 31/12/2023.

Resumen: lo que puedes ahorrar en Firgas

AyudaCuántoCómo se calcula
Deducción del IRPF2.596 €40 % de la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), con certificados energéticos antes y después. Máximo de 3.000 € al año.
Bonificación del IBINo bonificaLa ordenanza fiscal de 2026 no recoge bonificación solar.
Bonificación del ICIONo bonificaEl ICIO se paga completo.
Ahorro en la luz~380 € al añoVivienda de 4.500 kWh al año con 5 placas de 450 W (2,25 kWp) y la producción de Firgas: 1.482 kWh por kWp.

Supuestos: energía a 0,18 €/kWh, excedentes compensados a 0,06 €/kWh y 45 % de autoconsumo directo, sin batería. Producción: PVGIS © Unión Europea (JRC).

Preguntas frecuentes sobre ayudas para placas solares en Firgas

¿Cuánto bonifica el Ayuntamiento de Firgas el IBI por placas solares?

Ninguna: la ordenanza fiscal de 2026 del IBI de Firgas no recoge bonificación por instalar placas solares.

¿Por qué no hay bonificación del IBI por placas solares en Firgas?

Porque es voluntaria: la Ley de Haciendas Locales permite bonificar hasta el 50 % del IBI (art. 74.5), pero cada ayuntamiento decide si la incluye en su ordenanza fiscal, y la de Firgas que hemos revisado no la recoge. Si la aprueba, la añadiremos aquí.

¿Hay subvenciones para placas solares en Firgas en 2026?

Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en Canarias para placas solares en viviendas de Firgas. Las ayudas estatales Next Generation (RD 477/2021) están cerradas desde el 31/12/2023. Sí puedes aplicar la deducción del IRPF de hasta el 40 % (60 % en edificios).

¿Cuánto se desgrava por instalar placas solares en Firgas?

Hasta el 40 % en tu vivienda (base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 €) o el 60 % si la instalación es del edificio, con certificados energéticos antes y después. Con la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), la deducción sería de 2.596 €. En Canarias hay además una deducción autonómica propia.

¿Qué es el ICIO y cuánto se bonifica en Firgas?

Es el impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras: se paga al pedir la licencia o presentar la declaración responsable, y su tipo no puede superar el 4 % del coste de la obra. En Firgas, la ordenanza no recoge bonificación solar del ICIO.

¿Son compatibles las bonificaciones municipales y la deducción del IRPF?

En Firgas no hay bonificación municipal solar que sumar, así que lo que cuenta es la deducción del IRPF. En general, las bonificaciones del IBI y del ICIO y la deducción del IRPF se pueden combinar porque son impuestos distintos; lo que reduce la base de la deducción son las subvenciones concedidas para la obra.

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En el estudio gratuito revisamos la ordenanza de tu ayuntamiento, la deducción que te corresponde y las convocatorias abiertas.

  • Instalaciones desde 1,67 € al día o en 24 meses sin intereses*
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*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:

  • A 25 años300 cuotas de 50,89 €/mes (1,67 €/día). TIN 8,19 %, TAE 8,50 %. Importe total adeudado: 15.267,30 €.
  • A 10 años120 cuotas de 76,05 €/mes (2,50 €/día). TIN 7,21 %, TAE 7,45 %. Importe total adeudado: 9.125,84 €.
  • En 24 meses sin intereses24 cuotas de 270,42 €/mes (la última, de 270,34 €). TIN 0 %, TAE 0 %. Importe total adeudado: 6.490,00 €.

Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.

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