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AX8 Solar

Ayuntamiento de Gójar · Granada

Bonificación del IBI por placas solares en Gójar y otras ayudas (2026)

Sí. Según la ordenanza fiscal de 2026, el Ayuntamiento de Gójar bonifica un 10 % del IBI durante 5 años por instalar placas solares, si se cumplen los requisitos de su ordenanza. El ICIO de la obra no tiene bonificación solar. Además, puedes deducir hasta el 40 % de la instalación en el IRPF (el 60 % si es del edificio).

Revisado por AX8 el 17 de octubre de 2026 en la ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Gójar.

Bonificación del IBI
10 %
durante 5 años
Bonificación del ICIO
No bonifica
sin bonificación solar
Deducción en el IRPF
40 % · 60 %
vivienda · edificio
Producción solar en Gójar
1.671
kWh por kWp al año (PVGIS)

Bonificación del IBI por placas solares en Gójar

El IBI es el impuesto que pagas cada año por tu vivienda o local, y el Ayuntamiento de Gójar lo rebaja si instalas energía solar. Estas son las condiciones de su ordenanza fiscal de 2026:

  • Porcentaje: 10 % del impuesto
  • Duración: 5 años

Requisitos que fija la ordenanza

  • 10 % de la cuota íntegra para bienes inmuebles urbanos con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol
  • Hay que aportar la licencia o declaración responsable registrada, el certificado de instalación con las características técnicas y copia del recibo del IBI de la vivienda
  • Quienes ya la disfrutaban un solo ejercicio con la regulación anterior pueden pedirla para los cuatro restantes

Los límites de importe están junto a la calculadora y el plazo para pedirla, en «Cómo solicitarla».

«los bienes inmuebles urbanos en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol»
Texto literal de la ordenanza.

Fuente: Ordenanza fiscal 2026. Revisada por AX8 el 17 de octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales cambian cada año (suelen entrar en vigor el 1 de enero): confirma las condiciones en el ayuntamiento antes de instalar.

Calcula tu ahorro en el IBI de Gójar

Escribe el importe de tu último recibo del IBI y la calculadora aplica la bonificación de Gójar.

Ejemplo ilustrativo (con números redondos; no es el recibo medio de Gójar): con un recibo del IBI de 400 € al año, una bonificación del 10 % supone 40 € menos cada año; en 5 años, 200 €.

Límites que fija la ordenanza de Gójar:

  • La ordenanza no fija potencia mínima ni tope en euros

La calculadora no aplica estos límites: si tu recibo es alto o la instalación barata, el ahorro real puede ser menor.

Calculadora del IBI en Gójar

Porcentaje y años prellenados con lo que fija la ordenanza de Gójar. Si por tu caso te corresponde otro tramo (revisa los requisitos), cámbialos.

Ahorro el primer año

–

Ahorro total

–

Escribe el importe de tu recibo para ver el cálculo.

Estimación orientativa con la ordenanza revisada. La concede el ayuntamiento si cumples sus requisitos.

Cómo solicitar la bonificación del IBI en Gójar

La bonificación del IBI casi nunca llega sola: hay que pedirla. El orden habitual en Gójar y en la mayoría de municipios es este:

  1. Antes de instalar, tramita la licencia de obra, la declaración responsable o la comunicación previa en el Ayuntamiento de Gójar; normalmente es cuando se paga el ICIO. Muchas ordenanzas exigen este permiso para conceder después la del IBI.
  2. Instala y legaliza: el instalador emite el certificado de instalación eléctrica (boletín) y la instalación se inscribe en el registro de autoconsumo de Andalucía.
  3. Pídela: normalmente no se aplica de oficio. Se solicita en el ayuntamiento (registro o sede electrónica) o en el organismo de gestión tributaria, si el ayuntamiento le tiene delegada la gestión del IBI.
  4. Documentación habitual: referencia catastral del inmueble, boletín o certificado de la instalación, factura y licencia o comunicación previa. La ordenanza puede pedir más, como un certificado técnico.
  5. Plazo: el que fije la ordenanza. Muchas obligan a pedirla antes de una fecha para que se aplique ese año o el siguiente, y no tienen efecto retroactivo.

Lo que dice la ordenanza de Gójar sobre la solicitud

  • Es rogada y se aplica durante los cinco periodos impositivos siguientes a la fecha de la instalación

En AX8 preparamos la documentación técnica (boletín eléctrico y certificados energéticos) y te acompañamos en la solicitud.

Bonificación del ICIO al pedir la licencia en Gójar

El ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) se paga al ayuntamiento al pedir la licencia de obra o presentar la declaración responsable o la comunicación previa. Su tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede superar el 4 % del coste de ejecución de la obra (art. 102.3 de la Ley de Haciendas Locales).

En cambio, el ICIO no tiene bonificación solar: la ordenanza de Gójar no recoge ninguna específica para placas solares, así que el impuesto se paga completo, con el tipo que fije el ayuntamiento.

  • No hay bonificación solar en el ICIO: el texto vigente de la ordenanza nº 3 (tipo del 2 %) no contiene ninguna bonificación

Fuente: texto oficial del ICIO.

Información revisada el con fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria y organismos autonómicos). Las ayudas cambian con frecuencia y muchas se conceden por orden de llegada: confirma siempre las condiciones en el enlace oficial antes de decidir. No es asesoramiento fiscal.

Deducción en el IRPF por instalar placas solares en Gójar

La ayuda que más dinero devuelve no es municipal sino estatal: la deducción del IRPF por mejora de la eficiencia energética (disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF). Se aplica igual en Gójar:

  • 40 % en tu vivienda: base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 € de deducción. Obras hasta el 31/12/2026.
  • 60 % si la instalación es del edificio de viviendas (comunidad de propietarios): base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Obras hasta el 31/12/2027.
  • Requisito: dos certificados de eficiencia energética registrados, antes y después de la obra, que acrediten una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o la calificación A o B. En AX8 incluimos los dos certificados en el 100 % de las instalaciones.

Ejemplo con el precio de AX8

Instalación de entrada de 6.490 € en una vivienda de Gójar → deducción del 40 % = 2.596 € en la renta. Coste neto: 3.894 €, antes de contar la bonificación del IBI y el ahorro en la luz.

Alternativa sin certificados: la deducción del 10 % (20 % en edificios) por autoconsumo, con base máxima de 5.000 € al año, solo para instalaciones pagadas y terminadas en 2026; no se puede combinar con la anterior para la misma instalación. En los dos casos el pago debe ser bancario (nunca en efectivo) y se restan las subvenciones recibidas.

Requisitos, plazos y simulador en la guía de deducciones fiscales por placas solares.

Subvenciones de Andalucía para placas solares

Las subvenciones directas las convoca la comunidad autónoma, así que en Gójar rigen las mismas que en el resto de Andalucía. En Andalucía hay una convocatoria abierta o de próxima apertura a la que pueden optar particulares o comunidades de propietarios de Gójar.

  • Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (INEA): sector residencial y edificios e instalaciones públicas (FEDER)

    Próxima apertura

    Para: Particulares, comunidades de propietarios, comunidades energéticas, entidades sin ánimo de lucro, entidades locales, autónomos y empresas.

    Solicitudes desde el 22/10/2026 hasta el 30/09/2027 o hasta agotar fondos (BOJA nº 187, de 25/09/2026). Para particulares, 50 % en eficiencia y 55 % en renovables solares. Incentivo mínimo a solicitar: 10.000 € en eficiencia y 6.000 € en solar. El autoconsumo doméstico no puede cobrar excedentes.

    Fuente oficial
  • Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (INEA): sector empresarial y cadena agroalimentaria (FEDER)

    Abierta

    Para: Autónomos, empresas, comunidades energéticas y comunidades de propietarios con actividad económica.

    Abierta desde el 12/11/2025 hasta el 30/09/2027 o hasta agotar fondos (BOJA nº 212, de 04/11/2025).

    Fuente oficial

Detalle de cada programa en ayudas para placas solares en Andalucía y en ayudas en la provincia de Granada. Las ayudas estatales del programa Next Generation (RD 477/2021) no admiten solicitudes desde el 31/12/2023.

Resumen: lo que puedes ahorrar en Gójar

AyudaCuántoCómo se calcula
Deducción del IRPF2.596 €40 % de la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), con certificados energéticos antes y después. Máximo de 3.000 € al año.
Bonificación del IBI10 % · 5 añosCon un recibo de 400 €: 40 € el primer año y 200 € en total. En tu caso: tu recibo × el porcentaje × los años.
Bonificación del ICIONo bonificaEl ICIO se paga completo.
Ahorro en la luz~430 € al añoVivienda de 4.500 kWh al año con 5 placas de 450 W (2,25 kWp) y la producción de Gójar: 1.671 kWh por kWp.

Supuestos: energía a 0,18 €/kWh, excedentes compensados a 0,06 €/kWh y 45 % de autoconsumo directo, sin batería. Producción: PVGIS © Unión Europea (JRC). El recibo del IBI de 400 € es un ejemplo con números redondos, no el recibo medio de Gójar.

Preguntas frecuentes sobre ayudas para placas solares en Gójar

¿Cuánto se ahorra en el IBI con placas solares en Gójar?

Según la ordenanza fiscal de 2026, el Ayuntamiento de Gójar bonifica un 10 % del IBI durante 5 años por instalar placas solares, si se cumplen sus requisitos. Con un recibo de 400 € al año, ahorrarías 40 € el primer año y 200 € en total. La ordenanza fija además algún tope, que verás junto a la calculadora.

¿Cómo pido la bonificación del IBI en Gójar?

Normalmente no se aplica de oficio: hay que pedirla en el Ayuntamiento de Gójar (o en el organismo que gestione su IBI) una vez legalizada la instalación, con documentos como la referencia catastral, el boletín o certificado de la instalación, la factura y la licencia o comunicación previa. Según su ordenanza: es rogada y se aplica durante los cinco periodos impositivos siguientes a la fecha de la instalación.

¿Hay subvenciones para placas solares en Gójar en 2026?

En Andalucía hay una convocatoria abierta o de próxima apertura a la que pueden optar particulares o comunidades de propietarios de Gójar. Las ayudas estatales Next Generation (RD 477/2021) están cerradas desde el 31/12/2023. Sí puedes aplicar la deducción del IRPF de hasta el 40 % (60 % en edificios) y las bonificaciones municipales del IBI (10 % · 5 años).

¿Cuánto se desgrava por instalar placas solares en Gójar?

Hasta el 40 % en tu vivienda (base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 €) o el 60 % si la instalación es del edificio, con certificados energéticos antes y después. Con la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), la deducción sería de 2.596 €.

¿Qué es el ICIO y cuánto se bonifica en Gójar?

Es el impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras: se paga al pedir la licencia o presentar la declaración responsable, y su tipo no puede superar el 4 % del coste de la obra. En Gójar, la ordenanza no recoge bonificación solar del ICIO.

¿Puedo sumar la bonificación del IBI, la del ICIO y la deducción del IRPF?

Sí. El IBI y el ICIO son impuestos municipales y la deducción es del IRPF, así que se pueden aprovechar por la misma instalación. Lo que reduce la deducción del IRPF son las subvenciones: de la base se restan las concedidas para esa obra.

Pide tu estudio solar gratuito en Gójar

En el estudio gratuito revisamos la ordenanza de tu ayuntamiento, la deducción que te corresponde y las convocatorias abiertas.

  • Instalaciones desde 1,67 € al día o en 24 meses sin intereses*
  • Estudio de consumo y de tejado gratuito
  • Propuesta personalizada, sin compromiso
  • App para seguir tu instalación en tiempo real

*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:

  • A 25 años300 cuotas de 50,89 €/mes (1,67 €/día). TIN 8,19 %, TAE 8,50 %. Importe total adeudado: 15.267,30 €.
  • A 10 años120 cuotas de 76,05 €/mes (2,50 €/día). TIN 7,21 %, TAE 7,45 %. Importe total adeudado: 9.125,84 €.
  • En 24 meses sin intereses24 cuotas de 270,42 €/mes (la última, de 270,34 €). TIN 0 %, TAE 0 %. Importe total adeudado: 6.490,00 €.

Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.

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