Ayuntamiento de Moraleja · Cáceres
¿Hay bonificación del IBI por placas solares en Moraleja? (2026)
No. Según la ordenanza fiscal de 2026, el Ayuntamiento de Moraleja no bonifica el IBI por instalar placas solares, pero sí un 95 % del ICIO, el impuesto que se paga con la licencia de obra. Además, puedes deducir hasta el 40 % de la instalación en el IRPF (el 60 % si es del edificio).
Revisado por AX8 el 17 de octubre de 2026 en la ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Moraleja.
- Bonificación del IBI
- No bonifica
- sin bonificación solar
- Bonificación del ICIO
- 95 %
- del impuesto de la licencia
- Deducción en el IRPF
- 40 % · 60 %
- vivienda · edificio
- Producción solar en Moraleja
- 1.591
- kWh por kWp al año (PVGIS)
Bonificación del IBI por placas solares en Moraleja
En Moraleja no hay bonificación del IBI por placas solares: la ordenanza fiscal de 2026 no la recoge, aunque la ley la permite (hasta el 50 %, art. 74.5 de la Ley de Haciendas Locales). Eso sí, el ayuntamiento bonifica el ICIO de la obra, como verás más abajo.
Qué dice la ordenanza
- No hay bonificación solar en el IBI: la ordenanza solo prevé bonificaciones del 50 % para los inmuebles de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria (hasta tres periodos impositivos), del 50 % durante tres años para las viviendas de protección oficial y del 95 % para los bienes rústicos de cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra
- Para las familias numerosas la bonificación es del 50 %, 60 % o 70 % según el número de hijos, con máximos de 100, 120 y 140 €
Fuente: Ordenanza fiscal 2026. Revisada por AX8 el 17 de octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales cambian cada año (suelen entrar en vigor el 1 de enero): confirma las condiciones en el ayuntamiento antes de instalar.
Bonificación del ICIO al pedir la licencia en Moraleja
El ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) se paga al ayuntamiento al pedir la licencia de obra o presentar la declaración responsable o la comunicación previa. Su tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede superar el 4 % del coste de ejecución de la obra (art. 102.3 de la Ley de Haciendas Locales).
En Moraleja, la ordenanza bonifica un 95 % del ICIO a las obras que incorporan placas solares: pagas el 5 % del impuesto que te correspondería.
Condiciones de la bonificación del ICIO
- Bonificación del 95 % del ICIO para las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en viviendas de potencia no superior a 5,7 kWp o en instalaciones que alberguen empresas de potencia no superior a 30 kWp
- Para cualquier bonificación del ICIO el sujeto pasivo debe estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento
- El artículo 8.3 prevé además el 50 % para parques fotovoltaicos de más de 1 MW
«Se establece una bonificación del 95% de la cuantía del importe que supone el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (I.C.I.O.) Municipal, a favor de las instalaciones fotovoltaicas para el autoconsumo»Fuente: texto oficial del ICIO.
Información revisada el con fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria y organismos autonómicos). Las ayudas cambian con frecuencia y muchas se conceden por orden de llegada: confirma siempre las condiciones en el enlace oficial antes de decidir. No es asesoramiento fiscal.
Deducción en el IRPF por instalar placas solares en Moraleja
Además de lo que bonifique el ayuntamiento, la instalación desgrava en el IRPF estatal (disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF), igual en Moraleja que en el resto de territorio común:
- 40 % en tu vivienda: base máxima de 7.500 € al año, es decir, hasta 3.000 € de deducción. Obras hasta el 31/12/2026.
- 60 % si la instalación es del edificio de viviendas (comunidad de propietarios): base máxima de 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. Obras hasta el 31/12/2027.
- Requisito: dos certificados de eficiencia energética registrados, antes y después de la obra, que acrediten una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o la calificación A o B. En AX8 incluimos los dos certificados en el 100 % de las instalaciones.
Ejemplo con el precio de AX8
Instalación de entrada de 6.490 € en una vivienda de Moraleja → deducción del 40 % = 2.596 € en la renta. Coste neto: 3.894 €, antes de contar la bonificación del ICIO y el ahorro en la luz.
Alternativa sin certificados: la deducción del 10 % (20 % en edificios) por autoconsumo, con base máxima de 5.000 € al año, solo para instalaciones pagadas y terminadas en 2026; no se puede combinar con la anterior para la misma instalación. En los dos casos el pago debe ser bancario (nunca en efectivo) y se restan las subvenciones recibidas.
Requisitos, plazos y simulador en la guía de deducciones fiscales por placas solares.
Subvenciones de Extremadura para placas solares
Las subvenciones directas las convoca la comunidad autónoma, así que en Moraleja rigen las mismas que en el resto de Extremadura. Ahora mismo no hay ninguna convocatoria autonómica abierta en Extremadura para placas solares en viviendas de Moraleja.
En Extremadura no hay convocatoria nueva en 2026 para autoconsumo, baterías o aerotermia. Solo se resuelven expedientes pendientes del RD 477/2021, cuyo plazo de solicitud terminó el 31 de diciembre de 2023. Novedades en el portal oficial de energía.
Detalle de cada programa en ayudas para placas solares en Extremadura y en ayudas en la provincia de Cáceres. Las ayudas estatales del programa Next Generation (RD 477/2021) no admiten solicitudes desde el 31/12/2023.
Resumen: lo que puedes ahorrar en Moraleja
| Ayuda | Cuánto | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Deducción del IRPF | 2.596 € | 40 % de la instalación de entrada de AX8 (6.490 €), con certificados energéticos antes y después. Máximo de 3.000 € al año. |
| Bonificación del IBI | No bonifica | La ordenanza fiscal de 2026 no recoge bonificación solar. |
| Bonificación del ICIO | 95 % | Sobre el impuesto de la licencia, que como máximo es el 4 % del coste de la obra. |
| Ahorro en la luz | ~410 € al año | Vivienda de 4.500 kWh al año con 5 placas de 450 W (2,25 kWp) y la producción de Moraleja: 1.591 kWh por kWp. |
Supuestos: energía a 0,18 €/kWh, excedentes compensados a 0,06 €/kWh y 45 % de autoconsumo directo, sin batería. Producción: PVGIS © Unión Europea (JRC).
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*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:
- A 25 años300 cuotas de 50,89 €/mes (1,67 €/día). TIN 8,19 %, TAE 8,50 %. Importe total adeudado: 15.267,30 €.
- A 10 años120 cuotas de 76,05 €/mes (2,50 €/día). TIN 7,21 %, TAE 7,45 %. Importe total adeudado: 9.125,84 €.
- En 24 meses sin intereses24 cuotas de 270,42 €/mes (la última, de 270,34 €). TIN 0 %, TAE 0 %. Importe total adeudado: 6.490,00 €.
Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.