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AX8 Solar

CAE y coche eléctrico

CAE por cambiar tu coche de combustión por uno eléctrico

Desde agosto de 2026 hay una ficha para particulares, la TRA050.P: si sustituyes un coche de combustión o híbrido por uno eléctrico puro y cumples sus requisitos, el ahorro de energía puede generar CAE. El cargador de casa no genera CAE, pero desgrava en el IRPF.

Información revisada el con fuentes oficiales: BOE, MITECO y Dirección General de Tributos. El sistema de CAE está cambiando (hay una propuesta de multiplicadores y un proyecto de real decreto en tramitación), así que confirma las condiciones antes de decidir. No es asesoramiento fiscal ni jurídico: consulta tu caso con un asesor.

Qué dice la ficha TRA050.P

Una resolución de 30 de julio de 2026, publicada en el BOE el 4 de agosto, dividió la antigua ficha TRA050 en dos: TRA050.P, para particulares sin actividad económica, y TRA050.E, para entidades públicas o privadas. Una corrección de errores publicada el 28 de septiembre de 2026 ajustó ambas. La de particulares cubre la «sustitución de un vehículo de combustión, o híbrido, por un vehículo eléctrico puro realizada por un particular».

Requisitos principales:

  • El coche que se sustituye y el nuevo son de la misma persona física.
  • El coche antiguo, de combustión o híbrido, llevaba más de dos años en tu propiedad.
  • Se vende o se lleva al desguace entre tres meses antes y seis meses después de comprar el eléctrico.
  • Las transmisiones no pueden hacerse entre convivientes.
  • El coche nuevo tiene que ser eléctrico puro.

Cómo se calcula: la ficha compara el consumo del coche antiguo (en litros cada 100 km, convertido a kWh) con el del eléctrico (en kWh cada 100 km), y lo multiplica por los kilómetros que haces al año y por un factor según la antigüedad. Cuantos más kilómetros hagas y más gastara el coche antiguo, más ahorro se reconoce. Como en cualquier CAE, solo cuenta el ahorro de un año.

Durante un periodo transitorio de cuatro meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución conviven en el catálogo la ficha antigua y las nuevas, para las actuaciones que ya estaban iniciadas.

¿Y si el eléctrico es de segunda mano? Los criterios de verificación no admiten ahorros de actuaciones basadas en la adquisición de equipos de segunda mano: si el coche es usado, confírmalo antes con quien vaya a tramitar el expediente.

Quién lo tramita y cuánto se cobra

Como en el resto del sistema, el expediente solo pueden presentarlo los sujetos obligados (como las comercializadoras de energía) y los sujetos delegados acreditados por el MITECO. Tú cedes el ahorro con un convenio, a cambio de un precio por kWh. No hay precio oficial: el importe sale de los kWh que reconozca la ficha por el precio pactado, menos comisiones. Lo explicamos en la guía de los CAE.

El cargador no genera CAE, pero desgrava un 15 %

El catálogo no tiene ninguna ficha para puntos de recarga ni wallbox. Lo que sí tiene el cargador es una deducción en el IRPF (disposición adicional 58ª de la Ley del IRPF): el 15 % de las cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026 por sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica, con una base máxima de 4.000 € al año. No es asesoramiento fiscal: confirma los requisitos de tu caso con un asesor.

En AX8 instalamos el punto de recarga en tu vivienda o en tu plaza de garaje, con su boletín eléctrico: instalación de cargador de coche eléctrico.

Coche eléctrico, placas solares y aerotermia

Cargar el coche con tus placas solares abarata cada kilómetro, aunque ni las placas ni el cargador generan CAE (lo explicamos en ¿las placas solares generan CAE?). Si además cambias la caldera por aerotermia, esa parte sí genera CAE y te lo tramitamos: preparamos el expediente y lo presentamos a través de un sujeto delegado acreditado por el MITECO. Tú firmas la cesión y cobras el importe pactado. Más en CAE por aerotermia.

Preguntas frecuentes sobre el CAE del coche eléctrico

¿Comprar un coche eléctrico da derecho a CAE?

Sí, si sustituye a un coche de combustión o híbrido que era tuyo desde hacía más de dos años y cumples el resto de requisitos de la ficha TRA050.P. Comprar un eléctrico sin vender o desguazar otro coche en plazo no encaja en la ficha.

¿Puedo vender el coche viejo a un familiar?

Solo si no vive contigo: la ficha prohíbe las transmisiones entre convivientes. Además, la venta o el desguace tiene que hacerse entre tres meses antes y seis meses después de comprar el eléctrico.

¿Vale un híbrido enchufable como coche nuevo?

No: la ficha exige un vehículo eléctrico puro. El coche que sustituyes, en cambio, sí puede ser de combustión o híbrido.

¿El cargador de casa genera CAE?

No, no hay ficha para puntos de recarga. Lo que sí tiene es una deducción del 15 % en el IRPF por las cantidades pagadas hasta el 31/12/2026, con una base máxima de 4.000 € al año. Más en cargador de coche eléctrico.

¿Cuánto se cobra por el CAE del coche?

Depende de los kilómetros que hagas al año, de lo que consumían los dos coches y del precio pactado por kWh, menos comisiones. No hay precio oficial: como referencia, el precio medio que el MITECO observó para los propietarios fue de 0,115 a 0,140 €/kWh (datos a 31/08/2025, de todos los sectores).

¿Y si el coche lo compra mi empresa?

Entonces se aplica la ficha TRA050.E, para entidades públicas o privadas, con sus propias condiciones. Las empresas tienen además otras fichas del catálogo: lo vemos en CAE para empresas.

Instala tu cargador y aprovecha la deducción del 15 %

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*Ejemplos representativos de una de las entidades financieras con las que trabajamos, para una instalación de 6.490 €. Son tres formas de pago distintas:

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Sin comisiones. Las condiciones pueden variar según la entidad. Financiación sujeta a su aprobación.

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